Emisión Extensión de Garantía AMECAH.
A partir del 16 de abril de 2025, las emisiones de las Extensiones de Garantía serán operadas por EXTENSIÓN AMECAH, S.A.P.I. DE C.V. (Empresa de la Red de Distribuidores Honda y Acura en México)
Contaremos con una nueva carátula para el cliente, misma que detallará las condiciones de venta del servicio.
Tanto SERVICIOS ORDAS como los DISTRIBUIDORES HONDA / ACURA dejarán de ser AGENTES DE COBRO para tener una operación fiscal más transparente. Por lo anterior, EXTENSIÓN AMECAH deberá de recibir los recursos por la venta de las EXTENSIONES DE GARANTÍA de forma DIRECTA (el cliente no deberá pagar en la caja de la distribuidora).
Todas las EMISIONES serán FACTURADAS por EXTENSIÓN AMECAH en los primeros 5 días hábiles después de la EMISIÓN. Los clientes que no requieran comprobante fiscal serán facturados por EXTENSIÓN AMECAH como venta a mostrador, utilizando un RFC genérico. El clilente podrá requerir su factura siempre y cuando sea en el mimo mes de la emisión.
A partir del 16 de abril, el SISTEMA EMISOR contará con un nuevo campo obligatorio en el que se deberá seleccionar si el cliente requiere factura o no. Por ello, es de suma importancia que el DISTRIBUIDOR pregunte al cliente esta información antes de realizar la emisión de la cobertura.
Para los clientes que sí requieran FACTURA, el DISTRIBUIDOR deberá llenar y enviar la solicitud correspondiente bajo el PROCESO DE FACTURACIÓN mencionado en este manual.
Las EMISIONES de las EXTENSIONES DE GARANTÍA seguirán realizándose por medio del PORTAL EMISOR de HOWDEN, utilizando el mismo proceso de "RIM-EMISIÓN", la misma liga, usuarios y contraseñas.
La venta a MESES SIN INTERESES ya no se gestionará directamente desde el SISTEMA EMISOR; éste se realizará bajo el PROCESO DE COBRO establecido en este manual.
La LISTA DE PRECIOS, PRODUCTOS, VIGENCIAS, ASISTENCIA VIAL Y COMISIONES seguirá siendo la misma, y cualquier modificación será notificada con tiempo y actualizada en este MANUAL.
Respecto al PROCESO DE PAGO DE UDI, éste se describirá en la sección correspondiente de este MANUAL.
Este MANUAL seguirá evolucionando conforme la OPERACIÓN lo requiera, por lo que las DISTRIBUIDORAS podrán encontrar lo necesario según sea el caso previa notificación por BOLETÍN DE AMECAH.